Se constituye la Asociación denominada ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE NULES, que se acoge a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y a la Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana, al amparo del artículo 22 de la Constitución, careciendo de ánimo de lucro.
La Asociación tiene personalidad jurídica propia y capacidad plena de obrar para administrar y disponer de sus bienes y cumplir los fines que se propone.
El domicilio de la Asociación se establece en calle Colón 16, Nules, código postal 12520. La Asociación realizará principalmente sus actividades en el ámbito territorial de la población de Nules, pudiendo extender su actuación a la provincia de Castellón y a la Comunidad Valenciana.
Constituyen los fines de la Asociación:
- Impulsar la innovación tecnológica y digitalización de las empresas asociadas para mejorar su competitividad en el mercado.
- Fomentar la sostenibilidad y las prácticas responsables en el tejido empresarial del municipio.
- Establecer acuerdos de colaboración con otras asociaciones empresariales, cámaras de comercio y entidades públicas o privadas para el desarrollo de proyectos conjuntos.
- Defender los intereses comunes de las empresas locales ante las administraciones públicas y otros organismos, asegurando una representación activa y unificada.
- Crear una bolsa de empleo local, conectando a las empresas asociadas con candidatos cualificados del municipio.
- Promocionar la actividad económica de Nules mediante campañas de visibilidad, publicidad y eventos que fortalezcan la identidad empresarial del municipio.
- Facilitar el acceso a oportunidades de innovación y digitalización, posicionando a las empresas como referentes en la implementación de tecnologías avanzadas.
- Establecer un espacio de diálogo estratégico entre empresas y la administración local para abordar temas clave como infraestructura, fiscalidad o políticas de desarrollo económico.
- Apoyar el emprendimiento local ofreciendo asesoramiento, formación y recursos a emprendedores y nuevas iniciativas empresariales.
- Facilitar el acceso a financiación y recursos económicos para proyectos empresariales, buscando acuerdos con entidades financieras y administraciones.
- Organizar programas de intercambio comercial, ferias y eventos internacionales para abrir oportunidades de negocio fuera del municipio y la región.
- Velar por la igualdad de oportunidades en el ámbito empresarial, promoviendo la participación activa de mujeres, jóvenes y colectivos vulnerables.
Para el cumplimiento de los fines anteriores, se realizarán las siguientes actividades:
- Realización de programas formativos especializados en marketing digital, gestión empresarial, innovación tecnológica y sostenibilidad.
- Organización de mesas redondas, debates y conferencias con expertos para discutir temas de interés empresarial.
- Creación de un directorio digital de empresas locales para facilitar la conexión entre los asociados y mejorar su visibilidad.
- Desarrollo de campañas de concienciación ciudadana sobre la importancia de apoyar el comercio y las empresas locales.
- Gestión de espacios de coworking y networking donde los socios puedan compartir ideas y establecer alianzas.
- Diseño y promoción de un sello de calidad empresarial local para distinguir a las empresas comprometidas con la excelencia y la sostenibilidad.
- Fomento de la participación en ferias y eventos comerciales nacionales e internacionales.
- Impartición de talleres sobre transformación digital, redes sociales, e-commerce y herramientas tecnológicas.
- Creación de un Observatorio de Innovación Empresarial que analice tendencias tecnológicas y proponga estrategias de transformación digital.
- Establecimiento de mesas de trabajo permanentes entre empresas y la administración local para identificar necesidades y desarrollar planes de desarrollo económico.
- Diseño y ejecución de proyectos colaborativos en economía verde y sostenibilidad.
- Promoción de encuentros empresariales sectoriales para compartir experiencias y explorar oportunidades de colaboración.
- Creación de programas de mentoring empresarial en los que empresarios consolidados guíen a nuevos emprendedores.
- Y cualquier otra actividad que la Junta Directiva considere conveniente para el cumplimiento de los fines de la Asociación.
Podrán formar parte de la Asociación todas las personas físicas y jurídicas que, libre y voluntariamente, tengan interés en el desarrollo de los fines de la asociación:
- Las personas físicas con capacidad de obrar y que no estén sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho.
- Los menores no emancipados de más de catorce años de edad, con el consentimiento documentalmente acreditado de las personas que deban suplir su capacidad.
- Las personas jurídicas, previo acuerdo expreso de su órgano competente.
Deberán presentar una solicitud por escrito al órgano de representación. La condición de persona asociada es intransmisible.
- A participar en las actividades de la Asociación, en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto y a asistir a la Asamblea General.
- A ser informadas acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación, del estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
- A ser oídas con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias y a ser informadas de los hechos que den lugar a tales medidas.
- A impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos.
- A conocer los Estatutos y los reglamentos, y a que se les facilite copia de los Estatutos vigentes.
- A consultar los libros de la Asociación.
- Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
- Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que correspondan.
- Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación.
- Ajustar su actuación a las disposiciones estatutarias.
- La propia voluntad del interesado/a, comunicada por escrito a los órganos de representación.
- No satisfacer las cuotas fijadas.
La separación por sanción tendrá lugar cuando se cometan actos que hagan indigno al asociado de seguir perteneciendo a la Asociación. Se presumirá que existe este tipo de actos:
- Cuando deliberadamente se impida o ponga obstáculos al cumplimiento de los fines sociales.
- Cuando intencionadamente se obstaculice el funcionamiento de los órganos de gobierno y representación.
Para la imposición de la sanción será necesario tramitar un expediente disciplinario que garantice los derechos del asociado. El plazo de prescripción de las infracciones y sanciones será de 3 años.
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación, integrado por todas las personas asociadas en igualdad absoluta, que adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna. Todos los miembros quedarán sujetos a los acuerdos, incluso los ausentes y los disidentes.
La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria como mínimo una vez al año, en el segundo trimestre. Se reunirá con carácter extraordinario a requerimiento de un número de asociados que represente como mínimo el 10% de la totalidad.
Las convocatorias se harán por escrito con quince días de antelación como mínimo, expresando el día, la hora, el lugar y el orden del día. El/la Secretario/a redactará el Acta de cada reunión.
La Asamblea quedará constituida válidamente en primera convocatoria con la asistencia de un mínimo de un tercio de las personas asociadas. En segunda convocatoria, sea cual sea el número, se celebrará media hora después en el mismo lugar.
Son competencia de la Asamblea: controlar la actividad del órgano de representación, aprobar presupuestos y memoria anual, establecer líneas de actuación, fijar cuotas, elegir y separar miembros del órgano de representación, modificar los Estatutos, y acordar la disolución de la Asociación.
Los acuerdos se tomarán por mayoría simple. Requerirán mayoría cualificada los acuerdos de disolución, modificación de Estatutos, disposición de bienes y remuneración de miembros del órgano de representación.
La Asociación la regirá y representará la Junta Directiva, formada por el/la Presidente/a, Secretario/a, Tesorero/a y 7 vocales. La elección se hará por sufragio libre y secreto. Los cargos de Presidente/a y Secretario/a deben recaer en personas diferentes. El ejercicio de los cargos será gratuito.
Los miembros del órgano de representación ejercerán el cargo durante 5 años y podrán ser reelegidos indefinidamente. El cese antes del término podrá deberse a dimisión voluntaria, enfermedad incapacitante, baja como asociado o sanción por falta cometida en el ejercicio del cargo.
El órgano de representación posee las facultades de: ostentar la representación de la Asociación, tomar acuerdos para comparecencias ante organismos públicos, resolver sobre admisión de nuevos asociados, proponer cuotas a la Asamblea, convocar Asambleas Generales, presentar el balance y estado de cuentas, llevar la contabilidad, efectuar el inventario de bienes, y elaborar la memoria anual de actividades.
El órgano de representación se reunirá en sesión ordinaria con una periodicidad no superior a dos meses. Quedará válidamente constituido con un quórum de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple; en caso de empate, el voto del Presidente/a será de calidad.
El/la Presidente/a ostenta la dirección y representación legal de la Asociación, preside los debates de los órganos de gobierno, firma las convocatorias y visa las actas y certificados del Secretario/a. En caso de ausencia lo sustituirá el/la Vicepresidente/a.
El/la Tesorero/a tiene a su cargo la custodia y control de los recursos de la Asociación, la elaboración del presupuesto, el balance y la liquidación de cuentas. Firmará los recibos, cuotas y otros documentos de tesorería.
El/la Secretario/a custodia la documentación de la Asociación, redacta y firma las actas de las reuniones, autoriza las certificaciones que haya que librar y mantiene actualizada la relación de los asociados.
El patrimonio inicial de la Asociación está valorado en cero euros. Los recursos económicos se nutrirán de las cuotas fijadas por la Asamblea General, subvenciones oficiales o particulares, donaciones, herencias o legados, y rentas del propio patrimonio.
Los beneficios obtenidos se destinarán exclusivamente al cumplimiento de los fines de la Asociación, sin que quepa en ningún caso su reparto entre los asociados ni su cesión gratuita a personas con interés lucrativo.
Todos los miembros tienen obligación de sostener económicamente la Asociación mediante cuotas o derramas determinadas por la Asamblea General. La Asamblea podrá establecer cuotas de ingreso, cuotas periódicas mensuales y cuotas extraordinarias. El ejercicio económico quedará cerrado a 1 de abril.
En las cuentas corrientes deben figurar las firmas del Presidente/a, del Tesorero/a y del Secretario/a. Para disponer de fondos serán suficientes dos firmas, siendo una de ellas necesariamente la del Tesorero/a o la del Presidente/a.
La Asociación se disolverá:
- Si así lo acuerda la Asamblea General convocada expresamente con el voto favorable de más de la mitad de las personas presentes o representadas.
- Por las causas determinadas en el artículo 39 del Código Civil.
- Por sentencia judicial firme.
- Por baja de las personas asociadas, de forma que queden reducidas a menos de tres.
La disolución abre el período de liquidación. Los miembros del órgano de representación se convierten en liquidadores, salvo que la Asamblea General designe a otros.
El remanente neto que resulte de la liquidación se destinará directamente a la asociación de comercio de la zona centro de Nules. Las personas asociadas no responden personalmente de las deudas de la asociación.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en el seno de la asociación se resolverán mediante arbitraje, conforme a la Ley 60/2003, de 23 de diciembre de Arbitraje, o voluntariamente por mediación, conforme a la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
D/Dª ROSANA LUCAS ROS, en calidad de Secretaria de la Asociación Empresarial de Nules, certifica que los presentes estatutos han quedado redactados de conformidad con las modificaciones acordadas en la Asamblea General celebrada el 21 de enero de 2025.